La Declaración de la Independencia de México.
El Congreso de Anahuac, legítimamente instalado en la ciudad de Chilpancingo de la America Septentrional por las provincias de ella, declara solemnemente, a presencia del señor Dios, arbitro moderador de los imperios y autor de la sociedad, que los da y los quita según los designios inescrutables de su providencia, que por las presentes circunstancias de la Europa ha recobrado el ejercicio de su soberanía usurpado.
que, en tal concepto, queda rota para siempre y jamás disuelta la dependencia del trono español; que es el arbitro para establecer las leyes que le convengan para el mejor arreglo y felicidad interior; para hacer la guerra y la paz, y establecer alianzas con los monarcas y republicas del antiguo continente, no menos que para celebrar concordatos con el Sumo Pontífice romano para el régimen de la Iglesia Católica Apostólica y Romana, y mandar embajadores y cónsules: que no profesa ni reconoce otra religión más que la católica, ni preemitirá ni tolerara el uso publico ni secreto de otra alguna; que protegerá con todo su poder y velara sobre la pureza de la fe y de sus demás , y conservación de los cuerpos regulares. Declara por reo de alta traición a todo el que se oponga directa o indirectamente a su independencia, ya protegiendo a los europeos opresores de obra, palabra o por estiró, ya negándose a contribuir con los gastos, subsidios y pensiones para continuar la guerra hasta que la independencia sea reconocida por las naciones extranjeras; reservándose el Congreso presentar a Elías por medio de una nota ministerial, que circular por todos los gabinetes, en manifiesto de sus quejas y justicia de esta resolución, reconocida ya por la Europa misma. Dado Dado en el palacio nacional de Chilpancingo a seis días del mes de noviembre de 1813.
Lic. Andrés Quintana Roo, vicepresidente
Lic. José Manual de Herrera
Dr. José Sixto Verdezco
Lic. Cornelio Ortiz de Zarate, secretario
Lic. Ignacio Rayón
Lic. Carlos María de Bustamante
José María Liceana